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Informe
— defensa > cniAnálisis del papel de la JUJEM en la crisis político-militar tras la sentencia del 23-F
Documento que analiza el dilema de la JUJEM tras la sentencia del 23-F, planteando dos interpretaciones sobre su rol: como poder institucional militar o como vínculo subordinado al poder civil, con implicaciones para el Rey y las FAS.
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Resumen extendido
Este documento desclasificado examina el papel de la Junta de Jefes de Estado Mayor (JUJEM) en la crisis político-militar desencadenada por la publicación de la sentencia del juicio del 23-F. La sentencia provocó reacciones políticas, interpretaciones críticas en los medios de comunicación y un rechazo corporativo militar. La JUJEM, como cúpula del mando militar, se ve obligada a definirse ante dos interpretaciones subyacentes en la Causa 2/81, relacionadas con el artículo 8 de la Constitución. El documento plantea dos alternativas: a) asumir un papel como vértice de una corporación con poder institucional, lo que llevaría a una confrontación con el poder civil y posiblemente con el Rey, o b) actuar como vínculo entre el poder político y las Fuerzas Armadas (FAS), subordinándose al poder civil y ejerciendo autoridad en nombre del Rey. Concluye que la solución a) es absurda y que la JUJEM debe adoptar la solución b), asumiendo el mando de las FAS con sensibilidad y energía para cerrar un ciclo histórico de dependencia civil.
Texto Extraído
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EL PAPEL DE LA JUJEM EN LA CRISIS POLIT I CO ~MILITAR
1,- LA CAUSA DE LA CRISIS
1.1. - La publicación de la Sent encia ha provocado :
- Reacciones políticas (tant o del ejecu ti vo corno de la opo -
sición)-
- Interpretaciones de diversa apreciación crítica en los
M.C .S . y
- Rechazo corporativo militar a dichas reacciones e int erpr~
taciones .
1.2.- La JUJEM que, corno cúpula del Mando Militar hasta ahora ha-
bía e ludido cualqu i er opinión al juicio, por fin se ve obl1
gada a mostrarse por primera vez y lo hace con una nota tras
la que se adivina un gran dilema de inaplazable solución .
Su papel al frente de las FAS . debe definirse en una de
las dos inter p retaciones que se subyacen en el fondo del pr~
blerna de la Causa 2/81. La interpretación del artículo 8Q .
En este sentido la JUJEM debe asumir una de l as siguien-
tes actitudes :
a ) Son el vértice de una corporación con poder institu-
cional.
b) Son el vínculo entre el único poder , el político , y
la fuerza, las FAS .
. ... / / ....
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2.- LAS CONSECUENCIAS
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2.1.- Si la JUJEM se decidiera por la solución a) debe ser cons-
ciente de que provocaría las siguientes consecuencias:
. Provocará una confrontación directa con el poder civil que,
en analogía con la solución histórica de Primo de Rivera -
presionará sobre el Rey .
. El Rey no parece dado a adoptar las mismas soluciones que
su abuelo.
. La JUJEM se encontraría con un dilema dotavía más grave,
enfrentarse al Rey.
2.2.- Si la JUJEM decidiera adoptar la solución b) deberá afrontar
un díficil e histórico papel que exigiría:
. Asumir su dependencia del poder civil y hacerla explícita
con lo cual cerraría un ciclo histórico .
. Ejercer su doble capacidad,persuasiva y de mando,para ha-
cerse obedecer por las FAS en nombre del Rey.
Ü 3.- CONCLUSION
La JUJEM debe:
1) Conocer hasta donde le puede llevar esta alternativa.
2) Saber que, por ser la solución a)un absurdo, no tiene más
remedio que adoptar la solución b) aunque discrepe.
3) Ser capaz de asumir con sensibilidad y energía el mando de
las FAS.
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