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Juicio
3 de mayo de 1982defensa > cni

Alegatos de defensa en la vista oral del juicio del 23-F (sesión del 03-05-82)

Documento del CESID que resume los alegatos de defensa en el juicio del 23-F, donde abogados y militares argumentan eximentes como obediencia debida al Rey y estado de necesidad para los acusados.

8 páginas

Resumen extendido

Este documento del CESID, fechado el 3 de mayo de 1982, es una nota informativa que detalla el desarrollo de la sesión de la vista oral 2/81 del Consejo Supremo de Justicia Militar, correspondiente al juicio por el intento de golpe de Estado del 23-F. El informe se centra en los alegatos de defensa presentados por los abogados y codefensores de varios acusados, incluyendo el Capitán de Navío Menéndez, el Comandante Pardo Zancada, el paisano García Carrés y el Coronel San Martín. Los defensores argumentan que sus patrocinados actuaron bajo eximentes como la 'obediencia debida' al Rey, considerando que las órdenes provenían de la Zarzuela, y un 'estado de necesidad' justificado por el terrorismo y separatismo de la época. Se destacan tesis que enfatizan el poder constitucional del Rey como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, sugiriendo que los militares creían actuar legítimamente. El documento también incluye comentarios sobre la baja asistencia de periodistas y críticas a la prensa por realizar un 'juicio paralelo'. En general, el resumen refleja los esfuerzos de la defensa para absolver a los acusados o reducir sus penas, basándose en motivos patrióticos y lealtad institucional.

Texto Extraído

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á > C/SG/6886/03-05-82 NOTA INFORMATIVA | a“ Asunto: VISTA ORAL 2/81 DEL CONSEJO SUPREMO DE JUSTICIA MILITAR. ) 1.- DESARROLLO DE LA SESION CORRESPONDIENTE AL 03-05-82 ’ | La sesión comienza con la continuación del alegato del Sr. De Miguel, letrado defensor del Capitán de Navío Menendez, del Comandante Pardo y el paisano García Carrés. Una vez concluido, hace uso de su turno el codefensor del Comandante Pardo, Gene-- ral de División Alvarado. ; Seguidamente, el Presidente concede la palabra al abogado del Coronel San Martin, el Sr. Labernia, Y posteriormente al == codefensor General Farré, concluyendo ambos sus alegatos de de- fensa. : | P 2.- INCIDENCIAS Y ESTIMACIONES SOBRE EL DESARROLLO DE LA SESION R 2.1.- Intervención del Sr. De Miguel, defensor del Capitán de - Navío Menéndez, Comandante Pardo y paisano Sr. Carrés. El Sr. De Miguel continúa el desarrollo de su escrito de defensa de acuerdo con la estructura ya planteada en la sesión anterior. Así su parlamento se refiere, a la tipici dad de la actividad desarrollada por los procesados en los hechos del 23 F, a los eximentes que concurren, a poner de manifiesto las particularidades diferenciadoras de cada -- uno de s 10 pide la libre absolu ción de k -, real la = 2 = 7 El los hechos: antes y después de que el Comandante Pardo intervenga como Jefe de la columna que saliendo de la DAC entra en el Congreso. Antes, la participación de los procesados es conse--- cuencia de la "obediencia debida"' al Rey producida por un "estado de necesidad". En este punto el defensor se extiende en las causas -- que justificaron el "estado de necesidad". . Mas adelante desarrolla la teoria del poder que la --- . - Constitución concede a Su Majestad como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas en contraposición con el puramente teórico ' } papel que'le otorga en lo político. El Sr. De Miguel afirna: - La Constitución ha configurado un poder autocrático en ma nos del Rey. Así lo entendieron los militares en los momen tos de autos. : - Constitución en mano,nadie puede evitar qu el Rey en campa ña tome el mando de los Ejércitos. Su Majestad resulta to- : dopoderoso. - La supremacía regia sobre las Fuerzas Armadas es de hecho y de derecho. De esta forma al llegar a la situación límite,el Rey orde- : na y los hoy procesados obedecieron en su momento. En el 23F , nada importaba si lo mandado era legal o no; sólo importaba si lo ordenaba el Rey. . Con esta tesis el Tetrado coloca al Comandante Pardo como un Jefe que recibe órdenes en Valencia que le dicen tienen - su orígen en La Zarzuela y que subordinadamente las pone en conocimiento de sus superiores. Como, según el Sr. De Miguel no hubo malicia al atribuir las órdenes al Rey, es por lo que “a. su patrocinado no puede imputarsele, por ello, delito al guno. i Porteriormente, los hechos sitúan al Comandante Pardo - dentro de la DAC siguiendo fielmente las órdenes emanadas por su genera ompañerismo, con una --- OS . $ fórmula de auxilio de indole altruista que no puede conside rarse como un acto sino como un gesto, y al mando de una pe queña columna, va al Congreso. Es así, que los generosos mó viles que le motivaron no exigen una rebaja de pena sino -- que eximen de toda ella. | El letrado defensa hace seguidamente consideraciones - diferenciadoras sobre sus patrocinados: - En relación con la defensa del Capitán de Navío Menéndez | afirma que este jefe lleno de virtudes nada ha tenido que | 3 ver con la operación. Los motivos que le impulsaron a ir | al Congreso en la noche de autos fueron de amistad. Por - } ello el jefe de la Armada no merece pena alguna, | - Sobre el Comandante Pardo, el Sr. De Miguel reitera lo di cho en su exposición general añadiendo,que no solicitó re fuerzos desde el Congreso y,que nunca puede calificarse - $ de rebelión su actuación al mando de la columna de la DAC, en todo caso podría decirse que fue utilización indebida de fuerza armada. : | : Bl defensor hizo referencia a que si Dios hubiera conser- vado la vida de su hijo desearía que fuera igual que el Co- . mandante Pardo, aunque tuviera que ir a verle a presidio. Pide oficialmente la libre absolución. ‘ - Sobre el paisano Sr. Carrés apunta el letrado que no-par- q ticipó en la operación y, es más, ni siquiera lo intentó. Prestó auxilio de caracter amistoso a la familia del Te-- . niente Coronel Tejero en la noche del 23F. Afirma también el defensor que la presencia de su patroci nado, el 18 de enero, en casa del Teniente Cornel Mas se de be al festival de apoyo a la Guardia Civil que habría de ce lebrarse en Valencia.(según acta notarial) También extraña al letrado la peculiar actuación del Ministerio Fiscal al to mar en cuenta las declaraciones de un testigo tan particu-- lar cual es el Sr. Pla. 3 Dd po 4 - : De a De Miguel, que pudiera dar lugar a calificar de rebelión los hechos del 23F, no es aplicable a su defendido Sr. Carrés toda vez que está fuera de todos los acontecimientos y es por ello por lo que pide su libre absolución. : Concluye la defensa con el requerimiento del Comandante - Pardo para que, en los alegatos finales, y por quien corres- ponda se diga la verdad. 2.2.- Intervención del General Alvarado, codefensor del Comandante | Pardo Zancada. oh El General manifiesta que no discute los hechos imputados | a su defendido, toda vez que los hechos están ahí. Pero que discrepa de la calificación fiscal. Su argumentación, por -- : + propia afirmación, no se apoya en términos jurídicos. La estructura de su defensa se articula en cinco puntos: | ! 1.- Móviles que inducen a su patrocinado. 2.- Provocación de los hechos y justificación moral de ac- titudes. 3.- Respaldo legítimo de la conducta 4.- Conclusiones 5u-= Petición: : ; En el punto uno expone las virtudes de su defendido que - le indujeron a actuar: patriotismo, honor, fidelidad al Rey, , lealtad, disciplina, compañerismo y amor a la responsabilidad. En el punto dos afirma que el terrorismo y el separatismo : provocaron los hechos y ante ello la conducta de su patrocina do queda justificada o, cuanto menos, atenuada. El punto tres, puede resumirse en que el respaldo fue regio. Las conclusiones son: 4 | : | - No hubo rebelión ni conspiración. - Hubo provocación al Ejército - La decisión regia era legítima - El Comandante Pardo no tenía motivos para dudar que las órdenes provenían del Rey. . - Bl Col 5 para comprobar las 6r- denes , dial = No. ¿ . : - Bl cu correcta. - Merced a su actuación, los hechos se cerraron de forma : digna para todos. - Utilizó una fuerza inferior a Compañía. : La petición del General Alvarado fué de libre absolución para su patrocinado. En todo caso la excusa de desestimien- | to es absolutoria. 2.3.- Intervención del Sr. Labernía, defensor del Coronel San Mar tín. : Comienza poniendo de manifiesto que: | ) a - La prensa ya ha juzgado a los procesados, y aún sin que | rer su proceder puede influir en la Sala. | . - Los alegatos del Fiscal son de muy escaso peso. Cualquier | condena hay que basarla en hechos probados y no en coin-- | cidencias. A La estructura de su defensa es: : 12£,- Hechos que realizó su patrocinado 22.- Tipificación de estos hechos. En lo relativo al primer punto el Sr. Labernía manifiesta: - La calificación del Fiscal imputando al Coronel San Mar- tín el delito de rebelión es incorrecta. - Los hechos del 23F no son un golpe militar. Los implica- | dos creian de buena fé que actuaban legítimamente al ser | vicio de España. - La imputación del Teniente Coronel Tejero, sobre la mani festación del General Torres Rojas, en el sentido de que el Coronel San Martín conocía y participaba en la conspi : ración, es falsa. - Mi patrocinado, Coronel San Martín, hizo todo lo posible para que el General Juste regresara a la DAC lo antes po sible, y pudiera tomar las medidas oportunas con el tiem po preciso. - El Coronel San Martín, cumplió siempre las órdenes de su Jete; - El motivo de no informar a su General fue debido exclusi : vamente a que no era seguro que fuera a ocurrir algo; y- no queria implicar a nadie, usar el teléfono para enterar se (por evitar indiscreciones)ni provocar decisiones fata Les. ; Uni icción de que se seguía .- ER ger = iG 0 E adelan’ DAC. : --A partir de la llegada al C.G. de la División, práctica- mente su intervención fue nula; se limitó a demorar la - : salida del personal, a dejar hablar al Comandante Pardo y a cumplir las órdenes del Jefe de la DAC. : + - Y si el General Juste se demoró más de dos horas en pre- guntar a Capitanía, y, a pesar de ello, el Rey le felici tó, ¿cómo puede procesarse al Coronel San Martín por su | silencio?. = - Tampoco en la salida de la columna del Comandante Pardo tuvo participación, sino más bien creyó haberle hecho de sistir; ni en la 2“ salida del Capitán Batista, puesto - | que no le dió órdenes,sino se limitó a aceptar un ofreci miento. : | - No es aceptado el testimonio del Teniente Coronel Muñoz - | Granados ni del General Fernández Campos, que pudieran - | ) aclarar el verdadero contenido del mensaje del Comandante Pardo, en el sentido de que -según el defensor- contri- | buiría a probar el conocimiento real. y | - La declaración oral del General Juste ha sido poco veraz y contradictoria con las anteriores, como puede demostrar la periodista que lo entrevistó. . Como consecuencia de todo lo anterior ha pasado a califi- _ car los hechos, atacando fuertemente al Fiscal por conside- rar probados los hechos sin ninguna base consistente, por - | | lo que pide la absolución de su defendido, o como máximo una pena de seis años, en base a la falta de voluntariedad e in- tencionalidad en sus actos. ; ‘ 2.4.- Intervención del General Farré, codefensor del Coronel San Mar tín. : . El General Farré, que aseguró iba a ocupar la defensa desde el punto de vista estrictamente militar, tras asegurar que se E » estaba juzgando la confianza en el Mando y la obediencia, lo - que podía dar lugar a una jurisprudencia muy peligrosa, y elo- giar la personalidad del Coronel San Martín, reflejada en su ho ja de Servicios, ha esgrimido similares argumentos que el Sr. - Labernía, aunque con menor fuerza y convicción que dicho letra- do. Ha terminado su intervención dirigiendose al General Armada para pedirle -casi exigirle- que dira un paso al frente, fuera gallardo y confirmara ante el tribunal lo que le manifestó una vez y bajo p a cierto comentario que . . ews? hecho el Gel ando una frase del Rey, : que demostraba Crerto conocimiento por parte de Su Majestad. - Le ha sido llamada la atención por el Presidente. 3.- OTROS HECHOS Y COMENTARTOS. | - El interés sigue decreciendo, como lo demuestra que, al comienzo de la sesión hubiera 9 periodistas, un 50% de comisiones y fami- | liares y escasos observadores jurídicos, faltando incluso 10 de- fensores y 5 procesados. . | | - La lectura de prensa es descarada, incluso entre los defensores, | . lo que ha provocado comentarios críticos por parte de los familia | res. j ) : - La prensa ha sido muy criticada por los defensores, que han insis | tido en el "juicio paralelo" de ésta, y han calificado sus infor- | ’ maciones de serviles,impertinentes, erróneas e incluso calumniosas. | Ante esta última frase ha habido periodistas que han abandonado la | ; sala ostensiblemente. Independientemente de ello sus criticas a nu merosos pasajes de los defensores han sido constantes - Bl Sr. De Miguel, que ha hecho primero una defensa generalizada de | sus defendidos, y luego una pormenorizada no ha rebatido las acusa | ciones del Fiscal, pose a lo cual, entre sus compañeros letrados - se ha considerado una pieza magistral, digna de figurar en los li- bros de derecho. - Ha atacado duramente el letrado tanto a las Ordenanzas como a la - | Constitución, la que ha insistido en que es preciso reformar. para | evitar las atribuciones excesivas y peligrosas concedidas al Rey. - El General Alvarado ha hecho una descripción de todas las virtudes | militares, para adjudicarlas al Comandante Pardo, y fijarlas como | los móviles de su actuación. | - Ha basado, al igual que el Sr. De Miguel, su defensa en la obedien | cia debida, el estado de necesidad y la falta de posibilidad en la comprobación de si las órdenes emanaban del Rey. - El Sr, Labernía ha dividido su actuación en tres partes: . Un preámbulo, apado por los efectos, - pero lleno de confianza en el tribunal y la justicia. ; A AT ey ee > : . Una segunda habilmente, en lo - > posible, todas y cada una de las acusaciones del Fiscal, para demostrar que. su defendido no habia hecho prácticamente nada. . Un final largo, pesado y monótono, que ha pretendido ser una lección de derecho, pero no ha conseguido más que cansar a to do el auditorio, tanto tribunal como público, dudando mucho - que tan reiterativos argumentos puedan convencer a ningún Con sejero. Su acusación al General Juste ha sido constante, pese | a las reiteradas manifestaciones relativas a que no quería im plicarlo. - - Finalmente, el General Farré, que ha hecho alargar la vista has ta las seis y media no ha aportado nada, estando desafortunado | | en su intervención, que ha sido una repetición, aunque más pobre de lo expuesto por el anterior defensor. ES - Su última frase, dirigida al General Armada, ha sido bien recibi | da por los familiares, indiferentemente por las comisiones,. que : eran nuevas en su mayoría, (además de reducidas a la mitad), y | . polémicamente por parte de los defensores, entre los que han sur gido fuertes discusiones por dicho motivo. - El cansancio de los asistentes, el excesivo calor de la sala y - la pesadez en las intervenciones de los defensores, así como la menor participación en los sucesos de los próximos defendidos ha | cen prever unas jornadas de escaso interés informativo.

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