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Juicio
30 de abril de 1982— defensa > cniActa de la vista oral del juicio del 23-F correspondiente al 30 de abril de 1982
Documento que registra las defensas de los acusados en el juicio del 23-F, incluyendo alegatos de abogados y un codefensor militar, con argumentos sobre inocencia y falta de pruebas.
Personas mencionadas:
Juan Carlos I
Antonio Tejero Molina
Jaime Milans del Bosch y Ussia
Alfonso Armada Comyn
Jose Luis Cortina Prieto
Vicente Gomez Iglesias
Camilo Menéndez Vives
Ricardo Pardo Zancada
Miguel Manchado Garcia
Cesar Alvarez Fernandez
Hermosilla
Juste
Vecinos Núñez
Aramburu
Calzada Atienza
Gabeiras
7 páginas
Resumen extendido
Este documento es una nota informativa que detalla el desarrollo de la sesión del 30 de abril de 1982 en la vista oral 2/81 del Consejo Supremo de Justicia Militar, correspondiente al juicio por el intento de golpe de Estado del 23-F. El texto recoge las intervenciones de los defensores de varios acusados, centrándose en argumentos legales y testimonios para absolver a sus clientes. El letrado Hermosilla Martín defiende al general Alfonso Armada Comyn, argumentando que su actuación fue constitucional y sin iniciativa propia, basándose en permisos de la Zarzuela y la JUJEM, y negando su conexión con la operación militar. El letrado Quintana Aparicio defiende al general Luis Torres Rojas y al teniente Núñez Ruano, alegando falta de pruebas y obediencia debida, y destacando que muchos militares actuaron engañados. El general Calzada Atienza, como codefensor de Torres Rojas, inicia un alegato que incluye análisis constitucional y referencias a la situación nacional, pero es interrumpido y renuncia, alegando indefensión. El letrado De Miguel defiende al capitán de navío Menéndez Vives, al comandante Pardo Zancada y al paisano García Carres, con críticas al proceso y al clima político previo. El documento subraya la complejidad del juicio y los esfuerzos de las defensas para desvincular a los acusados de la rebelión.
Texto Extraído
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NOTA INFORMATIVA
ASUNTO: VISTA ORAL 2/81 DEL CONSEJO SUPREMO DE JUSTICIA MILITAR.
1. DESARROLLO DE LA SESION CORRESPONDIENTE AL 30.04.82
A las 1004 horas se inicia la sesión, continuando el letrado |
Sr. HERMOSILLA MARTIN -defensor del General ARMADA COMYN- con |
la lectura de su escrito de defensa, que finaliza, cuando lleva |
, consumidas siete horas de intervención eminentemente técnica.
Le sucede en el uso de la palabra, el letrado Sr. QUINTANA
APARICIO, defensor del General TORRES ROJAS, y del Teniente NU |
ÑEZ RUANO, iniciándose a las 1336 horas la intervención del Ge
: neral CALZADA ATIENZA, codefensor militar del General TORRES =
ROJAS, el cual solicita de la Sala interrumpir su alegato, cuan” |
do el Presidente le amenaza con retirarle su venias Al comenzar
por la tarde renuncia. '
El Presidente seguidamente concede el uso de la palabra al
Sr. DE MIGUEL, letrado defensor del Capitán de Navío MENENDEZ,
Comandante PARDO y paisano Sr. CARRES que expone hasta la 1735
en que se levanta la sesión.
.2s INCIDENCIAS Y ESTIMACIONES SOBRE EL DESARROLLO DE LA SESION.
25L. Sr. . HERMOSILLA.Inició su intervención con un repaso de - |
los aspectos expuestos en el día de ayer, y tras descalificar |
como medio de prueba, la carta del Coronel PARDO DE SANTALLANA, |
protocolizada ante notario y aportada por la defensa del Gene-
ral MILANS, resume que la conducta del General ARMADA durante |
los dias 23 y 24 de febrero de 1981, no presenta ningfin aspecto |
reprochable. ~
Así la segunda llamada que El REY realiza al General GABEI-
RAS -sobre las 19 horas del día 23- y pregunta por su defendi- |
do, está provocada por la llamada que el General JUSTE habia -
realizado previamente a la Zarzuela preguntando por el General
$ ARMADA. El REY, habla con el General ARMADA y le ordena quedar
se en el EME, y si éste se ofreció a la Casa Real, lo hizo a -
título personal por las relaciones que siempre había tenido,
sin que en ningún momento tomara la iniciativa. Para el defen-
sor, la noticia de que el General ARMADA está comprometido en
la operación militar, viene de alguien todavía no identificado,
y al no haber testigos, no puede condenársele. (Pone el ejemplo
del caso Dreyfus).
-1-
|
Seguidamente, aporta numerosos testimonios tendentes a demos
trar, que a su defendido no se le menciona inicialmente en los
hechos y así repasa diversas declaraciones de testigos (partici
pantes en la reunión de la División Acorazada, testimonio del -
General FERNANDEZ CAMPOS, Sres. DOPICO y BALLESTEROS, Coronel -
ALCALA, General PRIETO, testimonios de Valencia,... etc.), con
la finalidad de que su defendido le sea de aplicación el prin-
cipio "in dubio pro reo". |
A continuación, y tras analizar en profundidad el delito de -
rebelión militar, rechaza que su defendido se halle comprendido
en el mismo, aceptando a lo sumo, que aparece a titulo de con-
jetura lo que en opinión del letrado no interviene en el prue-
ba, Gnica condición válida a la hora de sentenciar.
Entrando de lleno en lo que denomina segunda parte ~es decir,
la intervención directa del General ARMADA, afirma su falta de
conexión con la primera, la operación militar-, con la inten--
ción de demostrar que su defendido no tuvo la iniciativa de sus
actos al acercarse al Congreso para disuadir al Tcol. TEJERO.-
Su actuación fue requerida, inicialmente por el General ARAMBU-
RU.una vez fracasados en su intento de mediación; y posteriormen
te, por el General GABETRAS. En cuanto al Tcol. TEJERO, es obvio
que no recibe al General ARMADA como jefe, si no como un hombre
idóneo por sus categorizadas relaciones. |
El letrado insiste en un punto que considera fundamental: El
General ARMADA, antes de su mediación en el Congreso, solicitó |
permiso de la Zarzuela y de la JUJEM que le fue concedido, y -
cumplió con exactitud los límites que se le imponen, y que son:
poner un avión a disposición de los asaltantes al Congreso y -=-
gestionar la liberación de los Diputados a titulo personal.
Tras unas extensas consideraciones sobre el término "a titu- |
lo personal" y de las relaciones de dependencia de su defendido
en ese momento, el letrado finaliza afirmando que el General AR
MADA se hizo cargo de una "misión oficial" en un contexto flexi
ble, estando sus actos sujetos a la norma legal,que él, en nin” |
gún momento comprometió. :
Interesa destacar en este punto, que el Sr. HERMOSILLA, a lo
largo de su intervención, intercaló numerosos antecedentes his-
tóricos y casos de la jurisprudencia, en apoyo de su defensa.
Seguidamente, el defensor analiza las circunstancias de los
días 23 y 24, examinando lo anómalo de ciertas decisiones a la |
sombra de la Constitución (Ordenes: directas del REY, interven-
ción de la JUJEM, Junta de Subsecretarios,... etc) y como el Ge
neral ARMADA consultó la Constitución y creyó actuar en el mar” |
co de la misma. Así, la llamada "fórmula Armada", no es sino un |
intento de convencer al Tcol. TEJERO para que libere a los Dipu
tados, y nó a la supuesta acción de formar un Gobierno que no ~ |
llegó a formular; es por ello que, el General ARMADA dice al sa |
lir que “su misión ha fracasado" ya que no ha conseguido conven |
cer al Tcol. TEJERO, cosa harto extraña si hubiera sido su jefe |
en la operación.
El letrado finalizó diciendo que, la "solución ARMADA" era
una fórmula constitucional y además, la única que se propuso
aquella noche para resolver la situación, y su defendido, no
, actuó peor que los demás.
Sobre estas razones, el letrado pidió por falta de pruebas,
la absolución de su defendido.
2.2. Intervención del Sr. QUINTANA :
Inició su intervención dando las gracias al Tribunal y re |
chazando el juicio popular que se practica por cierta prensa. |
Seguidamente, rechaza las explicaciones del Fiscal y su -
calificación de los hechos, hechos que no trata de justificar,
pero en los que sus defendidos no se encuentran incursos.
) Divide en dos partes la participación del General TORRES
ROJAS: Asistencia a una reunión en la c/ General Cabrera, y |
su permanencia en la División Acorazada durante el 23.02,82.
A la primera asiste por invitación del General MILANS igno- |
rando el motivo de la misma, y alli, entiende que ha sido -
elegido para cumplir una misión por encargo de los REYES, co |
metido que permanece en suspenso hasta nueva orden; no inclu
ye los contactos del General con el Tcol. TEJERO en Galicia,
pues se celebraron en la prisión y con testigos.
La segunda intervención de su defendido, se inicia al ser
llamado telefónicamente por el Comandante PARDO sobre las -
1100 horas del 23-F, e instado a presentarse en Madrid, y pos |
teriormente en el Cuartel General de la División Acorazada. ~
«Llegado a la DAC el General JUSTE, es invitado a partici-
par en la reunión, y allí permanece sin coartar su autoridad,
hasta que cerciorado -por la llamada a la Zarzuela del Gene-
ral JUSTE-, de que S.M. no le da orden alguna, vuelve a su -
destino y Se pone a las Órdenes de su Capitán General. |
El defensor, trata de establecer un. paralelismo entre la
actuación de los Generales JUSTE y TORRES ROJAS, y no existien
do pruebas, su defendido debe quedar en libertad; alternativa~ |
mente, debe valorarse con igual sentido absolutorio en razón
a "obediencia debida". |
En relación con el Teniente RUANO, niega igualmente la re- |
: lación de los hechos y la calificación que de los mismos rea- |
| liza el Fiscal.
| Su defendido recibe la primera noticia cuando es obligado
a subir a un autobus del Cuerpo, para cumplimentar un servicio
que desconoce, a las Órdenes de sus mandos naturales; en su - |
opinión, el 95% de la fuerza que llegó al Congreso, iba enga”
ñada.
Seguidamente negó que su defendido estuviese implicado en
el incidente con el General ARAMBURU -subida y posterior ba-
jada de Guardias de los autobuses aparcados en el Congreso, y
su supuestas amenazas al General- y en este sentido aporta di
versos testimonios, para finalizar afirmando que las dudas -
sirven para procesar, pero no producen condena.
Tras reafirmar que la actividad del Teniente RUANO se pro-
dujo a las Órdenes de sus mandos naturales, recuerda que el -
testigo Tcol. GOMEZ DE SALAZAR incluyó a los Tenientes en el
pacto, por lo que solicita la absolución de su defendido.
2.3. Intervención del General de División CALZADA codefensor del -
General TORRES ROJAS. |
Estructura su alegato en cinco puntos:
}
1.~ Historial recordatorio del General TORRES ROJAS. Aqui
pone de manifiesto la brillante hoja de Servicios del
: General como clave del porqué el General MILANS le con
vocó a la reunión del 18 de enero. En ella el General |
TORRES ROJAS prestó su conformidad a cualquier misión |
que en el futuro se le encomendara.
| 2.- Análisis de la misión constitucional de las FAS. En - |
esta parte en propias palabras del codefensor realiza
un estudio de la misión constitucional de las FAS. con |
la técnica del Estado Mayor, para concluir en que su
patrocinado actuó en función de "obediencia debida” a |
Su Majestad. |
3.- Rasgos de la situación nacional en el día de autos co-
mo factor desencadenante».
: Al analizar la situación surge el "Estado de Necesidad". |
Se apoya en una amplia descripción doctrinal de la sub- |
versión revolucionaria, citando un inventario de hechos
terroristas que pretenden llegar a conseguir una España
marxista y sovietizada.
El Presidente solicita del General CALZADA se ciña al
tema de la defensa del General TORRES ROJAS.
Sigue el codefensor con otro de los factores desencade
nantes: el Separatismo. Ante esta situación el Presiden
te interrumpe nuevamente para advertirle que se ciña a
| la defensa y que la próxima vez le retira el uso de la
palabra.
Esta situación provoca la petición de suspensión de la
vista para reordenar la defensa, cosa que es concedida.
Por la tarde el General CALZADA renuncia a continuar, ~
alegando indefensión para su patrocinado y haciendo -~
, constar su protesta a efectos de casación. Se adhieren
otros defensores. t
Esta renuncia ha impedido que se desarrollaran los pun |
tos 4° y 5° del alegato relativos al análisis de algu-
nos factores desencadenantes de la situación del 23-F
y de las conclusiones.
2.4. Intervención del letrado Sr. DE MIGUEL defensor del Capitán
de Navío MENENDEZ VIVES, Comandante PARDO ZANCADA y paisano
GARCIA CARRES.
|
+ Inicia su exposición con una serie de consideraciones gene
rales relativas a la función del Tribunal, peculiaridades |
queen él concurren y condicionantes de todo tipo que ro-- |
dean todo el proceso. Ello le ha permitido deslizar frases
de contenido comprometido enlazadas de modo que hiciera re- |
) lativamente difícil el interrumpirle. |
Hace referencia a que una de las funciones del Consejo es |
conocer de los hechos y por tanto ¿quienes? ¿porqué? y ¿pa
ra qué?los llevaron a cabo. |
Considera la posible limitación que para un Tribunal mili-
tar supone el imperativo de obediencia, en concurrencia con
el de independencia, y Cita la posible existencia de condi
cionantes extrajudiciales. |
E Alude en un momento determinado a lo que, denomina "foro -
de las hienas", calificación que adjudica no explícitamen-
te a la prensa.
Disiente de la calificación de execrable que se ha dado a |
los hechos y aduce que en cualquier caso no lo han sido -- |
más que -los de Pavía que dieron lugar a la restauración - |
monarquica.
Pasa a mencionar sucintamente una serie de circunstancias
gue se dieron desde el comienzo del procedimiento como el
nombramiento de un Juez Especial, hecho que califica de in
constitucional y se refiere a alguna remoción producida --
que define como "más discrecional que discreta”,
Expone el clima socio-político existente en España en el pe
ríodo anterior al 23-F, incluyendo frases como:.. "la nece-
dad dió alas al separatismo"..., y..."a propósito de la ve
rosimilitud del impulso regio"....
Cita las motivaciones que hubieran podido decidir la acción.
Creían obedecer al REY. No descarta la posibilidad de que
se haya tratado del resultado de una "maquinación de agen-
tes provocadores" y hace unas especulaciones sobre la inten
cionalidad de la provocación. Habla de que el 23-F había =
tres personajes en busca de autor, la III Región Militar, -
la DAC y la Guardia Civil.
“Reconoce que evidentemente alguien no dice la verdad y re-
cuerda que LAINA pensaba en la detención de ARMADA y que -
GABEIRAS desconfiaba de su 2° JEME. |
Resalta que el proyecto de acción del 23-F se había conce”
bido como incruento y aprovecha para citar el hecho de que
había gran distancia entre el Congreso y Paracuellos. |
Menciona por orden las confidencias de ARMADA a MILANS en
Valencia, la presencia de CORTINA en la c/ Pintor Juan Gris
y el hecho de que GOMEZ IGLESIAS avala a TEJERO ante el Co
ronel MANCHADO, enfatizando sobre su pertenencia al CESID.
Le hace una consideración al Tribunal en relación con el -
valor de ciertos testimonios, en clara referencia a un ale
gato anterior del Sr. HERMOSILLA, aduciendo que en ciertas
circunstancias los testimonios... "no se cuentan ni se mi-
) den, ¡se pesan]..."
- Al citar al Gobierno de U.C.D. del 23-F, califica a este -
partido como ...“instalado en el Poder con vocación de per
petuidad"....
Nuevamente alude a la posibilidad de delito provocado.
:
Tratando de justificar el que ciertos mandos que participa
ron en los hechos no lo pusieran previamente en conocimien
to de sus mandos naturales, caso del Teniente General QUIN
TANA LACACCI, razona que, de admitirse la hipótesis de que
había un antagonismo Rey-Cobierno, era lógico no contar con
algunos militares "gubernamentalistas”. |
Otra posibilidad que considera es que el fracaso del inten
to se debiera a .,.."alguna desviación de última hora",
Su intervención continuará el próximo lunes. |
3. OTROS HECHOS Y COMENTARIOS
A la sesión de hoy han faltado 9 procesados. |
La asistencia de familiares. se ha reducido en un 40% sobre |
la media habitual.
Comenzó la sesión con la ¡resencia de 12 periodistas. Tras
el descanso de media mañana había 16. Durante el alegato del -
General CALZADA, codefensor del General TORRES ROJAS, se fue-
ron retirando de la Sala los profesionales de la información
hasta quedar presentes cuatro.
Al iniciarse la sesión de la tarde estaban presentes 4 perio
distas, posteriormente el número se incrementó a 21.
|
|
. |
El sillón del General MILANS estaba separado del General AR
MADA el doble de lo normal. ,
Al salir los procesados de la Sala en el descanso de media
mañana el Capitán de Navío MENENDEZ dirigiendose al público -
dijo: "me fumo el puro este a titulo personal".
El Tcol, MAS en voz alta y dirigiendose a su mujer manifes-
tó: "me estoy aburriendo".
NOTA: Todavía estaba en el uso de la palabra el letrado Sr. |
HERMOSILLA.
A las 1227 el letrado Sr. SEGURA sale de la Sala haciendo -
' gestos a los procesados de contenida indignación y disconformi
dad con el alegato que en esos momentos leía el defensor Sr. ~ |
: HERMOSILLA. |
J
Al terminar la sesión de la mañana, se produjo un incidente |
verbal en el patio entre el letrado Sr. SEGURA FERS y el dipu- |
tado de U.C.D. Sr. SATRUSTEGUI que asiste a la vista en calidad
. de observador. Oe , |
El General TOQUERO se ha reunido con treinta periodistas en
una comidad de trabajo. Al final de la misma agradeció la cola |
boración de la prensa y pidió ayuda para llegar hasta el final
del Consejo sin graves incidentes.
El ambiente durante la comida ha sido distendido y en gene- |
ral todos los periodistas elogian la personalidad y buena vo-
luntad del General.
Durante la comida, en una parte de la gran mesa se condenó |
la actitud de varios letrados defensores que no tuvieron la -- |
discrección de ocultar datos que perjudicaban las actividades |
profesionales del CESID. Entre estos periodistas estaban Jordi
García-Candau (RNE), Gutierrez (SER), García Brera (Alcázar), Ba”. |
lacios (Radio Intercontinental).
Datos estadisticos:
El Ministerio Fiscal ha empleado 4 horas 56 minutos. |
El General CABRERA CALAHORRA, 52 minutos. |
El Coronel ESCANDELL, 3 horas 59 minutos.
El General DE SANTIAGO, 30 minutos.
: - El Sr. HERMOSILLA, 7 horas 2 minutos.
El Sr. QUINTANA, 36 minutos.
El General CALZADA, 35 minutos.